19-09-2010
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REGLAMENTO ARGENTINO DE PISTA MASTER
 
CAMPEONATO ARGENTINO DE PISTA MASTER - RECONQUISTA 2010 . 1- 2 y 3 de Octubre de 2010, Organiza:“ A.CI.NOR.SA ” Fiscaliza F.A.C.P.Y.R. El siguiente es el reglamento general del Campeonato Argentino de Ciclismo en Pista para las categorías Master, "A"- "B" " "C" y "D", que se disputará en la ciudad de Reconquista - Provincia de Santa Fé .
 
REGLAMENTO GENERAL

Art. 1º: La Federación Argentina de Ciclismo Pista y Ruta conjuntamente con la A.CI.NOR.SA organizan para los días 1, 2 y 3 Octubre 2010, los Campeonatos Argentinos Pista Master.

Art. 2º: CATEGORIAS:
Cat. "A2" Clases 1971-1975 ( Con 35 años cumplidos ) .
Cat. "B1" Clases 1966-191970 Cat. "B2" Clases 1961-1965.
Cat. "C1" Clases 1956-1960. Cat. "C2" Clases 1951 -1955.
Cat. "D1" Clases 1946-1950 . Cat. "D2" Clases 1945 – y mas .

Art. 3º: Especialidades:

"A2" : Kilometro " Velocidad " Persecución Individual 3000 Mts. " Puntable. – Scratch

Cat. "B1" " "B2" : 750 Mts. " Velocidad " Persecución Individual 3000 Mts. " Puntable Scratch .

Cat. "C1" " "C2" : 500 Mts. " Velocidad " Persecución Individual 2000 Mts. " Puntable. Scratch

Cat. "D1" " "D2": 500 Mts. Persecución Individual 2000 Mts. " Puntable. . Scratch

Cat. Master “A” Velocidad Olímpica

Cat. Master “B” Velocidad Olímpica

Cat. Master “C” Velocidad Olímpica

Estas categorías disputaran el Titulo de Velocidad Olímpica, ( se entiende por master “A” a master A 2 , como así también para Master “B” y “C” ) los ciclistas deberán pertenecer a una misma Asociación o Federación, en caso que una Asociación o Federación no reúnan los tres ciclistas, podrán completar la terna, con un ciclista de la categoría superior, pero “ no “ con la categoría inferior.


En caso de que el número de Inscriptos sea inferior a 5 corredores, la especialidad correspondiente no se realizará.
En la Especialidad Vueltas Puntables, si el número de participantes supera los 36 Inscriptos se realizarán series clasificatorias.

Art. 4º: CUPOS: Cada Federación tendrá un cupo de 3 corredores por especialidad en las de peloton y sera cupo libre para las pruebas a tiempo.
Los Corredores que se hayan consagrado Campeones Argentinos en el Año 2009, no ocuparán cupo siempre que se encuentren en la misma categoría.
La Federación Organizadora dispondrá de una plaza más en cada especialidad.

Art. 5º: LICENCIAS: Para participar de este evento los ciclistas deberán tener Licencias en sus respectivas Asociaciones, las que serán presentadas previo a la Reunión Técnica.

Art. 6º: INDUMENTARIA: Todo corredor participará con la Vestimenta Oficial de la Federación u Asociación que representa.

Art. 7º: Cuota inscripcion cada ciclista debera abonar una cuota inscripcion de $ 20 por cada especialidad en la que participe, en caso de desertar de una prueba en la que ya fuera inscripto y no exista una causa de fuerza mayor debera abonar igualmente dicha inscripcion.

Art. 8º: La fiscalización y el control estará a cargo de la Federación Argentina Ciclismo Ruta y Pista y del Colegio de Comisarios.

Art. 9º: Reclamos: Los mismos deberán realizarse por escrito firmado por el delegado, 10 minutos después de oficializado el resultado, acompañados de la suma de $ 50.- (Cincuenta Pesos) que se reintegrarán en caso de prosperar el reclamo.

Art. 10º: La Asociacion Ciclista Noreste de Santa Fé , pondrá en conocimiento de las Asociaciones / Corredores participantes de un listado de alojamientos con precios y comodidas ofrecidas. .

Art. 11º: PREMIOS: Se otorgarán los siguientes premios:
CAMPEÓN:
Camiseta " Medalla Dorada " Diploma.
SUB CAMPEÓN:
Medalla Plateada " Diploma.
TERCERO:
Medalla Bronce " Diploma.

Art. 12º: CONTROLES ANTIDOPING: Todo corredor designado para efectuar el procedimiento deberá presentarse una vez notificado, en compañía de su delegado a los efectos de la extracción de las muestras pertinentes. Ante la no presentación se lo declarará con resultado positivo.
Durante la Reunión Técnica los delegados deberán informar a las Autoridades a cargo del procedimiento si algún competidor se encontrase bajo tratamiento médico farmacológico, entregando las constancias que denuncien dicho tratamiento.

Art. 13º: Toda persona designada como Delegado " Mecánico " Técnico deberá poseer Licencia habilitante, caso contrario deberá gestionarla en el Congresillo Técnico, además acompañará una nota firmada por el Presidente y Secretario de la Entidad que representa, donde consten sus designaciones.

Art. 14º: Resultados: Serán consignados en documentos oficiales refrendados por el Presidente de la Federación Argentina Ciclismo Pista y Ruta y por el Presidente del Cuerpo de Comisarios Deportivos.

Art. 15º: INSCRIPCIONES: Se recibirán sin excepción hasta el día 25 de Septiembre, por los siguientes medios:

Secretaria de FACPyR
FAX 0223 4830040
Mail secretariafacpyr@yahoo.com.ar

En copia al colegio de Comisarios :

FAX: 0351- 4565682
MAIL: diegoamaranto@hotmail.com

 





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